Durante julio de 2026 se publicaron diversas disposiciones que impactan el cumplimiento tributario y las obligaciones de las empresas en el Perú. En esta primera edición del Boletín Informativo de Grupo JC, presentamos un análisis de los principales cambios normativos y recomendaciones prácticas para reducir contingencias frente a la SUNAT y otros organismos reguladores.
1. Facturación electrónica: nuevas validaciones desde el 1 de agosto de 2026
A partir del 1 de agosto de 2026, entrarán en vigencia nuevas validaciones para la emisión de comprobantes de pago electrónicos, conforme a la Resolución de Superintendencia N.° 000048-2026/SUNAT.
Las modificaciones buscan fortalecer el control y la calidad de la información enviada mediante los sistemas de facturación electrónica.
Entre los principales cambios destacan:
- Nuevas validaciones para notas de crédito y notas de débito.
- Actualización de catálogos utilizados en la emisión electrónica.
- Cambios en el envío del resumen diario de boletas.
- Ajustes para quienes emiten notas de débito por penalidades.
Estas modificaciones afectan principalmente a las empresas que utilizan sistemas propios o proveedores de facturación electrónica.
Recomendaciones
Antes del 1 de agosto se recomienda:
- Confirmar con el proveedor de facturación que el sistema ya se encuentra actualizado.
- Realizar pruebas de emisión.
- Evitar cambiar de proveedor durante la entrada en vigencia de las nuevas reglas.
- Reportar inmediatamente cualquier rechazo de comprobantes electrónicos.
Adoptar estas medidas permitirá reducir contingencias tributarias y evitar interrupciones en las operaciones comerciales.
2. Registro obligatorio del correo electrónico y celular en el RUC
Desde el 1 de julio de 2026, la SUNAT exige que todos los contribuyentes y sus representantes legales tengan registrados y validados:
- Correo electrónico
- Número de teléfono celular
Quienes estaban inscritos en el RUC antes de julio de 2026 deberán registrar ambos datos hasta el 31 de agosto de 2026.
La validación se realiza mediante códigos enviados por la SUNAT a través de SUNAT Operaciones en Línea.
¿Por qué es importante?
Si los datos no están validados, el contribuyente podría tener restricciones para:
- generar nuevos usuarios SOL;
- obtener nuevas Claves SOL;
- solicitar autorización para impresión de comprobantes físicos.
Además, las notificaciones del Buzón SOL continúan siendo válidas aunque el correo o SMS no llegue al contribuyente.
Por ello, se recomienda verificar periódicamente los datos de contacto registrados en el RUC.
3. Subsidio extraordinario al diésel para empresas de transporte
Mediante el Decreto de Urgencia N.° 004-2026 se estableció una devolución extraordinaria de S/ 4.00 por galón de Diésel B5 y Diésel B20 para empresas de transporte público de pasajeros y carga.
El beneficio aplica únicamente para combustibles consumidos entre:
- 29 de mayo de 2026
- 29 de julio de 2026
La solicitud debe presentarse una sola vez ante la ATU entre:
- 30 de julio de 2026
- 30 de septiembre de 2026
Requisitos importantes
Las facturas deben consignar correctamente:
- placa del vehículo;
- tipo de combustible;
- cantidad de galones adquiridos.
Una factura emitida sin estos datos puede impedir la devolución del subsidio correspondiente.
Se recomienda revisar toda la documentación antes de presentar la solicitud.
4. Feriados de Fiestas Patrias: planifique sus obligaciones tributarias
Los feriados nacionales del 28 y 29 de julio reducen la cantidad de días hábiles disponibles para atender obligaciones tributarias y administrativas.
Antes del inicio de los feriados resulta conveniente revisar:
- Declaraciones pendientes;
- Pagos por vencer;
- Libros electrónicos;
- Requerimientos de SUNAT;
- Comunicaciones del Buzón SOL.
Las empresas que trabajan con estudios contables deben remitir oportunamente la información necesaria para evitar retrasos o incumplimientos.
Una adecuada planificación reduce riesgos de multas y contingencias administrativas.
5. Se amplía el ámbito del Régimen de Amazonía
Las Leyes N.° 32576 y N.° 32582 modificaron el ámbito de aplicación del Régimen de Amazonía regulado por la Ley N.° 27037.
Entre las principales novedades destacan:
- incorporación de nuevos distritos de Ayacucho y Huancavelica;
- incorporación de la provincia de Cutervo (con excepción de su distrito capital);
- actualización de los cultivos comprendidos dentro del régimen;
- simplificación del tratamiento para determinados productos agrícolas.
Las empresas que operan en dichas zonas deberían evaluar nuevamente si cumplen los requisitos para acceder a beneficios tributarios como:
- exoneración del IGV;
- tasas reducidas del Impuesto a la Renta.
También resulta recomendable revisar si los cambios generan oportunidades de optimización tributaria.
6. Nuevo cálculo del requisito del 70 % de activos para acceder al Régimen de Amazonía
La Ley N.° 32582 introdujo un cambio importante en uno de los requisitos para acceder al Régimen de Amazonía.
Anteriormente, el 70 % debía calcularse únicamente sobre los activos fijos.
Con la modificación, el porcentaje podrá calcularse considerando todos los activos de la empresa, otorgando mayor flexibilidad para cumplir este requisito.
Este cambio puede beneficiar especialmente a empresas que antes no calificaban al régimen debido a la composición de sus activos. Por ello, resulta recomendable recalcular el porcentaje bajo la nueva metodología y verificar el cumplimiento de los demás requisitos antes del cierre del ejercicio 2026.


